El Juzgado del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires, dió lugar a una medida cautelar presentada por la CTERA y suspendió la aplicación del Impuesto a las Ganancias para los docentes. Por eso mismo que la  ADP, en la provincia de Salta, celebra este fallo, porque con ello todos los afiliados van a estar  comprendidos en este fallo que permite que, por ahora, no le van a descontar el impuesto a las ganancias

La Justicia del Trabajo de la Ciudad de Buenos Aires, dió lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), y ordenó suspender la Ley n°27.743, en sus artículos 74,81 y 94, referidos al Impuesto a las Ganancias.

 

El fallo del Juzgado de Trabajo n°13 de la CABA, resolvió suspender los artículos que regulan el mínimo no imponible del gravamen, así como los relativos a los adicionales, sobre los que se calculaba el impuesto, como ruralidad, material didáctico y presentismo.

 

Desde la entidad gremial que encabeza Sonia Alesso, resaltaron que la resolución, “es de suma importancia, porque es el primer fallo sobre este tema planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación”; remarcó la organización en un comunicado de prensa.

 

A su vez, el documento subraya que el falló, “es un triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones, concentraciones frente al Congreso de la Nación, radios abiertas”, reivindicó la Confederación.

Por eso mismo que la  ADP, en la provincia de Salta, celebra este fallo, porque con ello todos los afiliados van a estar  comprendidos en este fallo que permite que, por ahora, no le van a descontar el impuesto a las ganancias.