La suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias estará vigente desde agosto de 2023 y, según explicaron desde el Ministerio de Economía, está vinculada a la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) entre abril, mayo y junio de 2023.
El gobierno nacional oficializó este viernes el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias, que se traducirá en un alivio para más de 1 millón de trabajadores.
A partir de agosto, solo pagarán el tributo los sueldos superiores a los $700.875 brutos inclusive, de acuerdo con el decreto 414, publicado en el Boletín Oficial.
En los meses en que la remuneración bruta del mes supere ese piso y resulte inferior o igual a $700.875 los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. Estas disposiciones resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de agosto de 2023.
Por su parte, mediante el decreto 415, el gobierno instruyó a la AFIP a que incremente en un 35% los importes de las escalas progresivas y que se aplique en forma retroactiva a enero de 2023.
Así, la devolución se realizaría en dos cuotas mensuales junto a las remuneraciones de agosto y septiembre de este año.
Cuál será el nuevo piso del Impuesto a las Ganancias a partir de agosto 2023
Con el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $700.875 inclusive.
En los meses en que la remuneración bruta supere los $700.875 y resulte inferior o igual a $808.341 los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
El piso equivale a $670.923 de salario neto, tras el 18% de descuento por jubilaciones y cobertura de salud.
Quiénes dejarán de pagar Impuesto a las Ganancias
De acuerdo con la información brindada por el Ministerio de Economía, 1.015.000 empleados se verán beneficiados:
- 000 empleados dejarán de pagar el impuesto a las ganancias por el aumento del piso; y
- 000 se verán beneficiados por el incremento retroactivo de los tramos de las escalas del impuesto a las ganancias.
Fuente: https://mundogremial.com/