La Ley 8.103, de autoría de la diputada Isabel de Vita, “Establece la obligatoriedad de elaborar pan y productos de panificación con sal yodada en todo el territorio de la Provincia de Salta”. Primera ley en el país y Sudamérica que contempla la inclusión de este micronutriente en la industria alimentaria convirtiendo a los panificados en alimentos funcionales.

Tras un amplio, en ambas Cámaras legislativa de la provincia de Salta, finalmente fue sancionado el proyecto de ley presentada por la diputada Isabel de Vita. Y con su promulgación se convirtió en la Ley Nº 8.103, en plena vigencia en nuestra provincia.

 

“Como Diputada Provincial he trabajado Leyes  para mejorar la calidad de vida de los salteños. Leyes que ponen a Salta como  pionera en la actividad legislativa para prevenir Enfermedades Crónicas No Transmisibles”, afirmaba la diputada De Vita al respecto de las leyes que ha presentado, como en este  caso  en particular

 

En la línea de incentivar y defender la alimentación saludable entre la población, esta es la primera ley en el país y Sudamérica que contempla la inclusión de este micronutriente en la industria alimentaria convirtiendo a los panificados en alimentos funcionales.

 

Esta ley es de gran importancia ya que el yodo es un nutriente carente en nuestra población ocasionando los DESORDENES POR DEFICIT DE YODO, primera causa de RETRASO mental en niños, de abortos, partos prematuros, autismo, sordomudez, cretinismo, hipotiroidismo, entre otros.

 

La industria panadera de nuestra provincial aplicar esta ley, convierte a sus productos, por su aporte en yodo, en alimentos funcionales cumpliendo una función específica de mejorar la salud y reducir el riesgo de contraer enfermedades por carencia de yodo en toda la población.