El polémico decreto 340/2025 que cercena el derecho a huelga de los trabajadores continúa sumando rechazos del ámbito jurídico y laboral. Gustavo Ciampa, abogado laboralista de reconocida trayectoria en el sector, aseguró que «es manifiesta la inconstitucionalidad» de la medida del Gobierno.

El secretario adjunto de la CGT y titular de UPCN, Andrés Rodrígez, cuestionó el decreto 340/25 del gobierno de Javier Milei que restringue el derecho a huelga para actividades esenciales o de importancia trascendental y anticipó que la central recurrirá a la Justicia para frenar la medida.

El diputado nacional Sergio Palazzo encabezará la lista que represente a las 53 seccionales bancarias del país. El también diputado nacional Carlos Cisneros será su Secretario de Administración Nacional. Los comicios serán el próximo 7 de agosto, donde más de 80.000 bancarias y bancarios de todo el país acudirán a las urnas.

El gremio docente emitió un comunicado donde se posicionó en contra del proyecto de ley que envió el oficialismo a la Legislatura de Salta.

El Poder Ejecutivo redefine el alcance de los servicios esenciales y limita, así, el derecho de huelga en casi todos los ámbitos laborales. Elimina, en la práctica, un derecho constitucional. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), a la que tributan sindicatos y empleadores en Argentina, discutió el asunto y definió las características que deben cumplir las actividades para que sean declaradas servicio esencial.

La Confederación General del Trabajo (CGT), cruzó al gobierno de Javier Milei por la publicación de un decreto que crea la figura de «actividades trascendentales» por el cuál, el Ejecutivo busca «eliminar» el derecho a la huelga en Argentina.

Los gremios docentes adheridos a la CGT, UDA, AMET, CEA y SADOP, cruzaron al gobierno de Javier Milei por una resolución que establece que la secretaria de Educación de la Nación no participará de las negociaciones colectivas, pero se arroga la posibilidad de vetar cualquier aumento por razones presupuestarias.

Matías Cremonte, reconocido abogado laboralista y presidente de la ALAL, cuestionó con dureza la ampliación de los servicios esenciales que impone el nuevo decreto del Ejecutivo y argumentó por qué motivos, en la práctica, implica la prohibición del derecho a huelga: «El criterio es tan abierto que casi todo podrá clasificarse como esencial o trascendental».

Mediante el Decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, sustituyendo el artículo 24 de la ley N° 25.877 de ordenamiento del régimen laboral.  El Gobierno nacional con ello, amplió el listado de actividades de servicio esencial y trascendental y prácticamente abortó la posibilidad de paro en una importante cantidad de sectores.