La semana pasada el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación el proyecto de ley denominado "Cuidar en Igualdad". La norma propuesta establece la creación del Sistema Integral de Cuidados de Argentina con perspectiva de género (Sinca) y la modificación del régimen de licencias en los sectores público y privado ampliando los derechos de las personas gestantes, no gestantes y adoptantes que se desempeñen en relación de dependencia o sean monotributistas, monotributistas sociales o autónomas.

Hasta hace pocos años permaneció invisible la existencia de lo que se denomina "trabajos de cuidado". Nos referimos a todas esas actividades que cada persona realiza a diario para asegurar su propia subsistencia y la de los demás, como, por ejemplo: cocinar, limpiar, ordenar, hacer las compras o estar al cuidado de niños, personas mayores o personas con discapacidad que requieran apoyos de algún tipo.

 

Son tareas relacionadas con la reproducción, el bienestar y el sostenimiento de la vida, porque todas y todos fuimos, somos y seremos cuidados en algún momento de nuestra vida y, se puede decir, que son el núcleo de las desigualdades de género.

 

En este marco, el proyecto Cuidar en Igualdad reconoce el derecho de todas las personas a recibir y brindar cuidados, así como también el derecho al autocuidado; y promueve la igualdad de género porque hace visible el valor social y económico de los cuidados y los reconoce como un trabajo, ya sea que se desarrollen al interior de los hogares, en el ámbito comunitario, público o privado.

 

En la actualidad, gran parte del trabajo de cuidados se realiza de forma invisibilizada y no remunerada. Además, contribuye a superar la división sexual del trabajo, que es la idea de que existen trabajos para mujeres y trabajos para varones y determina desigualdades en el acceso a derechos humanos fundamentales. Hoy, esta división hace que las mujeres y LGBTI+ se desarrollen en ámbitos mal pagos o precarizados y que sea sobre ellos que caiga en mayor medida la carga de cuidados.

 

Licencias

 

En ese contexto el proyecto propone modificar el régimen de licencias previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, en el Régimen de Servicio Doméstico y en el Régimen Nacional de Trabajo Agrario. De tal manera se propone extender la licencia para personas gestantes de 90 a 126 días y ampliar licencias para personas no gestantes, de 2 a 90 días. Se utilizan los términos "licencia para persona gestante" (en reemplazo de licencia por maternidad) y "licencia para persona no gestante" (reemplaza licencia por paternidad) para incluir a todas las identidades de género y composiciones familiares.

 

El aumento de las licencias para personas no gestantes se prevé progresivo: A partir de la entrada en vigencia de la ley se elevará la licencia a 15 días; luego de dos años, a 30; luego de cuatro, a 45; luego de seis, a 60 días, y al cumplirse ocho años de la ley, la licencia será de 90 días.

 

Además, el proyecto crea la licencia para quienes decidan adoptar y por adopción. La licencia será de 2 a 12 días por año para quienes estén por adoptar para facilitar trámites y encuentros con niñas, niños o adolescentes en situación de adopción. En caso de concretarse la adopción, la licencia será de 90 días. También se establece una licencia de 2 a 6 días para cuidar o acompañar al cónyuge o conviviente que realiza técnicas de reproducción médicamente asistida, y la extiende de 3 a 10 días en el caso que tuviesen hijos e hijas menores de edad a cargo.

 

Un dato importante es que la propuesta no implica ningún incremento de costos para los empleadores dado que se prevé que las nuevas licencias y la extensión de las vigentes sean financiadas por la seguridad social (como ocurre actualmente con la licencia por maternidad).