De pronto, la irrupción del COVID 19 en nuestras vidas ha provocado una fulminante fama para un recurso laboral olvidado (en nuestro país): el teletrabajo.

Hace casi veinte años en esta misma columna (noviembre de 2002, ¡que 20 años no es nada!) publicábamos dos notas sobre el tema, la primera de las cuales reproducimos, textualmente, a continuación. En estas dos décadas nuestro país poco avanzó en la materia y aún hoy carecemos de normas adecuadas. El Ministerio de Trabajo, ante la emergencia, hace un esfuerzo por promover esta modalidad, pero reiteramos, sin existir un marco adecuado, como se advertirá en nuestra próxima nota.

 

La irrupción y el desarrollo intensivo de las nuevas técnicas informáticas, así como de los modernos medios de telecomunicación, en los procesos productivos, ha influido en la organización de las relaciones laborales, dando lugar a una nueva forma de empleo que se conoce -entre otras denominaciones- como “teletrabajo”.

 

¿Qué es el teletrabajo? No existe una definición consensuada, pero debemos tener en cuenta que el elemento básico del teletrabajo no es únicamente la casa, como suele pensarse, sino de todos los recursos telemáticos -teléfono fijo, telefonía móvil, intranet, videoconferencia, correo electrónico, internet- a través de los cuales el teletrabajador se comunica con su empresa o con sus clientes.

 

El auge de esta modalidad queda demostrada con el hecho de que ya hay más de diez millones de teletrabajadores en EEUU y cinco millones en Europa. Hace pocos días se acaba de suscribir el primer acuerdo en el ámbito europeo sobre regulación del teletrabajo entre la Confederación Europea de Sindicatos y las patronales europeas.

 

En Argentina no hay datos estadísticos, pero ya existe una Asociación Argentina de Teletrabajo y el año pasado, en Buenos Aires, se desarrolló el Primer Congreso Iberoamericano de Teletrabajo. Numerosas empresas, en nuestro país ya utilizan esta modalidad, entre ellas: IBM, Siemens, Aerolíneas Argentinas, La Voz del Interior, Laboratorios Roche, etc.

 

Ventajas del teletrabajo

 

  1. a) Para el trabajador implica, entre otras cosas:

1) la oportunidad de independizarse, de tener un mayor control del trabajo, un mejor manejo del tiempo, aumento del grado de automotivación en el trabajo,

2) Disposición de mayor tiempo para su familia, esparcimiento y vida social, y

3) Ahorro al eliminar una serie de gastos, como pueden ser el transporte (combustible y mantenimiento del auto), la comida y bebida que pueden consumirse en relación con el trabajo e incluso el gasto en ropa que puede suponer el hecho de trabajar a la manera clásica.

 

  1. b) Para la comunidad significa:

1) Un ahorro de energía con reducción de la polución aérea debida al ahorro energético en transporte.

2) Reducción del número de horas de trabajo perdidas, al no tener que desplazarse, y disminución del ausentismo, y 3

) El teletrabajo es una manera de posibilitar una mayor integración de los discapacitados en el mercado laboral, siempre que no se entre en dinámicas de explotación de dichos trabajadores.

 

  1. c) Para la empresa:

1) Ahorro en alquileres o compra de inmuebles (locales), electricidad, material de oficina, mantenimiento, impuestos, etc.

2) Mayor productividad al ahorrar tiempo de transporte y tiempo no productivo y por la aplicación de políticas de dirección por objetivos.

3) Flexibilidad organizativa, con la posibilidad de subcontratar servicios y de contar con trabajadores calificados que, de otra manera no trabajarían para la empresa por motivos de distanciamiento geográfico, laborales de otro tipo o familiares. También por la posibilidad de contratos por proyecto, por servicios, etc., establecidos con trabajadores ajenos a la empresa.

 

Fuente: Diario El Tribuno de Salta