El Gobierno insiste con una segunda reforma laboral. Detrás del discurso de la “modernización” se oculta una avanzada regresiva que pretende debilitar la negociación colectiva, fragmentar la organización sindical y trasladar los riesgos empresarios al trabajador. Los ejes son claros: convenios por empresa, salarios “dinámicos”, eliminación de la contribución solidaria sindical y la instauración del llamado “banco de horas” entre otros aun no claros, pero imaginables. Cada una de estas medidas tiene un denominador común: la pérdida de poder colectivo.

Convenios por empresa: dividir para dominar

 

Los convenios colectivos por actividad son una conquista histórica del movimiento obrero argentino. Son el instrumento que garantiza que trabajadores de un mismo sector reciban igual remuneración por igual tarea, sin importar el tamaño o la rentabilidad de su empresa. Sustituirlos por convenios por empresa implica romper la unidad de negociación, debilitar la representación sindical y trasladar la disputa salarial a un terreno desigual, donde cada trabajador o delegación gremial debe enfrentar sola al empleador.

 

En la práctica, este esquema fragmenta la fuerza colectiva, impide fijar pisos salariales comunes y genera una competencia a la baja entre empresas y entre trabajadores. Los sectores más concentrados podrían imponer condiciones inferiores sin temor a la regulación sectorial, mientras que los sindicatos perderían capacidad de acción coordinada y de control sobre el cumplimiento de los derechos laborales.

 

Detrás del discurso de la “modernización” se esconde un modelo que busca reemplazar la solidaridad por la competencia, y el poder colectivo por la negociación individual, debilitando los cimientos mismos de la negociación colectiva argentina.

 

“Salarios dinámicos”: la trampa del mérito

 

La propuesta de vincular el salario al desempeño o la productividad bajo el rótulo de “salarios dinámicos” pretende disfrazar de equidad lo que en realidad es arbitrariedad. Los sistemas de pago por merito refuerzan desigualdades estructurales, amplían la brecha de género y premian la docilidad antes que el esfuerzo. La productividad no se construye desde la competencia individual, sino a partir de la organización del trabajo, la formación profesional y el diálogo social. Sin marcos colectivos, el mérito se convierte en un sinónimo elegante de obediencia.

 

Banco de horas: la flexibilidad que borra los limites

 

El “banco de horas” habilita a las empresas a compensar las horas extras con francos, diluyendo el derecho al pago con recargo. Bajo el pretexto de una organización “flexible” del trabajo, se legaliza la extensión encubierta de la jornada y se debilita el control sindical sobre el tiempo laboral. En Brasil, la reforma de 2017 introdujo este esquema con el resultado esperado: intensificación del trabajo, pérdida de ingresos y mayor precariedad, especialmente en sectores con alta rotación o demanda estacional. El trabajador pasa a ser una variable de ajuste del calendario productivo, subordinando su descanso, su salud y su vida familiar a las necesidades empresarias.

 

Sindicatos sin recursos: derechos sin defensa

 

Eliminar la contribución solidaria y fomentar la “no afiliación” sindical no es promover la libertad: es desfinanciar deliberadamente a las organizaciones que garantizan derechos. Sin recursos, los sindicatos pierden capacidad de negociación, de control y de defensa judicial. La experiencia brasileña vuelve a ser ilustrativa: tras eliminar el aporte obligatorio en 2017, más del 80 % de los sindicatos perdió su sustento económico y las negociaciones colectivas se redujeron drásticamente, mientras la informalidad siguió creciendo.

 

Reforma laboral: Lo que está en juego

 

El artículo 14 bis de la Constitución Nacional no deja lugar a dudas: protege la organización sindical libre, la negociación colectiva y condiciones dignas de labor. Vaciar esos derechos mediante reformas regresivas es desconocer el mandato constitucional y la doctrina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconoce a la libertad sindical como pilar esencial de la democracia social. Pero reconocer ese límite no implica negar la necesidad de discutir una actualización del marco normativo laboral. Es evidente que la Ley de Contrato de Trabajo, con más de cincuenta años, fue concebida en un contexto social distinto, donde el rol de la mujer en el trabajo era otro, las tecnologías eran incipientes y muchas de las nuevas formas de empleo —plataformas digitales, teletrabajo, economía del cuidado— ni siquiera existían.

 

Modernizar en serio significa asumir esos desafíos con una mirada nacional, socialmente justa y compatible con nuestra historia laboral. Supone repensar la jornada de trabajo, que en el mundo tiende a reducirse; garantizar la igualdad de oportunidades y la corresponsabilidad en las tareas de cuidado; incorporar la digitalización sin pérdida de derechos; y proteger a quienes trabajan bajo nuevas modalidades sin cobertura formal.

 

Nada de eso se logra debilitando sindicatos ni desregulando derechos. La verdadera modernización no copia modelos ajenos ni responde a exigencias externas: se construye desde el diálogo social, con los trabajadores como protagonistas y con el Estado como garante del equilibrio entre el capital y el trabajo. Esta reforma pretendida no moderniza: precariza. No amplia derechos: los fragmenta. Y cuando se divide a los trabajadores, lo único que se fortalece es el poder de quienes lucran con su debilidad.

 

(*)Especialista en Derecho Sindical

 

Gentileza: Mundo Gremial