En un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ratificó la total vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo de la UTM y reafirma que es incuestionable la validez constitucional del art. 31, inc. c, de la ley de asociaciones gremiales que reconoce a los sindicatos más representativos , los que cuentan con personería gremial, una prioridad en la negociación colectiva. Y que, por esa razón, no merece reproche alguno la resolución que homologó el convenio colectivo del ámbito municipal de Salta celebrado solamente con el sindicato con personería gremial, es decir, sin la participación de otro sindicato que estaba simplemente inscripto.

Este fallo de la Corte Suprema, a favor de la apelación que hiciera la Unión de Trabajadores Municipales de Salta (UTM), con el patrocinio del Dr. Ignacio Martinelli,  ante el cuestionado fallo que hicieron tanto el Juez Federal Salta  Bavio, como la Cámara ´Federal de Salta, fue un ejemplo a tomar para todo el país, donde hubo cuestionamiento a la constitucionalidad del art. 31, inc. c, de la ley de asociaciones gremiales que reconoce a los sindicatos más representativos , los que cuentan con personería gremial, una prioridad en la negociación colectiva.

 

Esto viene  a cuenta  de que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta (integrado por los camaristas Guillermo Federico Elías, Mariana Inés Catalano y Alejandro Augusto Castellanos),  había confirmado la inconstitucionalidad del convenio colectivo de trabajo firmado entre la Municipalidad de Salta y la Unión de Trabajadores Municipales (UTM), homologado por la Secretaría de Trabajo de la Nación el 9 de octubre de 2014. El tribunal desestimó, en esa oportunidad, el recurso presentado por el titular de la UTM, Pedro Serrudo, en contra del fallo dictado en abril de 2016, por el juez federal N§ 1, Julio Bavio, quien había ordenado al municipio capitalino que se abstenga de aplicar los articulados del CCT de marras.

 

La Agremiación de Empleados Municipales de Salta (Ademus), con la adhesión de otras entidades sindicales, recurrió a la Justicia, planteando que el convenio colectivo fue el resultado de un acuerdo espurio entre el ex intendente Miguel Isa y Pedro Serrudo al haberse desconocido la representación de los gremios enfrentados a la UTM. Dirigentes de la Intergremial celebraron el dictamen de la Justicia, en aquella oportunidad. A pesar  de que siempre decía defender  a los trabajadores en el marco de ese mismo CCT que cuestionaban.

 

Con este fallo, se viene a poner blanco sobre negro, y a partir del mismo, la mayoría de los trabajadores municipales de Salta, están felices por cuanto ahora saben, con certeza y porque así lo determina la Suprema Corte de Justicia de la  Nación, que su CCT tiene plena vigencia en todos sus beneficios y también obligaciones.

 

Considerando que el fallo de la cámara federal salteña había distorsionado su doctrina constitucional en materia de libertad sindical, ya que dicha doctrina nunca puso en tela de juicio la preferencia para negociar los convenios colectivos de trabajo otorgada por la ley a los sindicatos más representativos, con personería gremial.

 

La Corte Suprema sostuvo en este fallo que, “según la doctrina que ha venido asentando desde hace varios años en materia de libertad sindical, es incuestionable la validez constitucional del art. 31, inc. c, de la ley de asociaciones gremiales que reconoce a los sindicatos más representativos -esto es, en nuestro sistema legal, los que cuentan con personería gremial- una prioridad en la negociación colectiva. Y que, por esa razón, no merece reproche alguno la resolución que homologó el convenio colectivo del ámbito municipal de Salta celebrado solamente con el sindicato con personería gremial, es decir, sin la participación de otro sindicato que estaba simplemente inscripto”.

 

Pedro Serrudo, titular de la UTM

Consultado el titular de la UTM, Pedro Serrudo, sobre el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, expresaba: “En primer lugar es una muy buena noticia para todos los compañeros municipales de la ciudad de Salta, ya que viene a convalidar la plena vigencia de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo. Y  esto también fue celebrado por todos los sindicatos convencionados y con personería gremial del país, la CGT y la CTM (Confederación de Trabajadores Municipales) que conduce el compañero “Cholo” García, que siempre estuvo acompañándonos en esta lucha  por defender el ejercicio de la defensa de los convenios colectivos de nuestro gremio y también los de otras actividades. Y a pesar de que algunos dirigentes, de gremios municipales, sin personería gremial, cuestionaron nuestro CCT, a través de una presentación judicial,  para dejarnos sin una herramienta que contiene en cada uno de sus articulados, los plenos derechos de los municipales, y también sus obligaciones, este fallo nos da la razón”.

 

“Porque la Corte entiende que nosotros obramos en derecho, ante nuestra  presentación defendiendo los legítimos interés de los trabajadores municipales. De ahí que vamos a seguir ahora, con màs razón,  a que se les respete, por parte de la patronal, derechos tales como los 12 sueldos al momento de jubilarse el compañero; el reconocimiento por los 30 años de servicios, que a pesar  de estar acordado por conciliación ante la  Secretaría de Trabajo, que  aún no se dio cumplimiento. Como tampoco se paga títulos, y otros adicionales reflejado en nuestro CCT”. Agregó Serrudo.

 

Y yendo más allá en sus apreciaciones, el dirigente municipal alertó en relación al diálogo no siempre fructífero con el Poder Ejecutivo: “A partir  de ahora,  esperemos que los funcionarios municipales den cumplimiento a lo que dicta este CCT, que si bien se cumplía casi a media, con este fallo ratificando la plena y total vigencia  del mismo van a tener que dar cumplimiento pleno al mismo. Este año hemos confiado en que los funcionarios  atiendan nuestras demandas como trabajadores; pero vimos que muchos de ellos no estuvieron a la altura de nuestra capacidad de diálogo. Con este fallo, se ratifica que la UTM, es el único gremio que  puede realizar todas las negociaciones colectivas y paritarias ante el municipio. Y esperamos que así lo entienda el DEM”

 

Por último, Serrudo manda un mensaje a los trabajadores municipales, ante este trascendente fallo de la Corte, no sólo para Salta, sino para todas las entidades gremiales con personería gremial: “Me dirijo a los compañeros afiliados a la UTM, para decirles que esta nueva conquista  gremial, es el fruto del acompañamiento firme y leal de todos ellos. Y que esto no es en beneficio solo de los que están afiliados a nuestro gremio, sino a toda la gran familia de los municipales. Estamos felices de contar  con el respaldo del fallo de la Corte que convalida la vigencia de nuestros CCT. Y comprometidos, todos juntos, a defender y hacer cumplir el mismo.”