SADOP-Salta informa y RATIFICA el CUMPLIMIENTO del Memorándum N° 01, de fecha 05 de enero de 2.021, emitido por la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos de la Provincia y su aplicación a los docentes dependientes de los establecimientos educativos públicos de gestión privada, para la prestación de su servicio bajo la modalidad presencial

Por lo que, en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 13.047, el personal docente de las instituciones educativas de gestión privada, «tiene los mismos derechos y obligaciones» de los establecidos para aquellos dependientes de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal y, en consecuencia, resulta aplicable a los mismos el presente Memorándum.

 

Por ende, todo el personal docente dependiente de los establecimientos educativos públicos de gestión privada, que se considere comprendido en las excepciones establecidas, para la prestación de su servicio bajo la modalidad presencial, deberá dar cumplimiento a lo establecido en dicho Memorándum, con las siguientes adecuaciones detalladas a continuación.

 

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