A partir de un nuevo esfuerzo del Gobierno de la Provincia, se firmó hoy un convenio de recomposición salarial entre SAETA, AMT y UTA; hecho que determinó el levantamiento de la medida de fuerza anunciada, a partir de la medianoche y por 48 horas. Este acuerdo beneficia a todos los trabajadores del transporte de pasajeros en el área Metropolitana, y los comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 460/73, de las empresas de transporte automotor público de pasajeros de carácter urbano, suburbano e interurbano que se desempeñan en el ámbito de la provincia de Salta.

Este mediodía fue firmado un convenio entre SAETA, la Autoridad Metropolitana del Transporte y la Unión Tranviarios Automotor a través del cual se acordaron las mejoras salariales para el sector y, a partir del cual, queda anulada en la provincia la medida de fuerza por 48 horas anunciada para todas las categorías del transporte de pasajeros.

 

Estas mejoras modifican el sueldo básico de los trabajadores comprendidos en el Área Metropolitana y en el convenio colectivo de trabajo N° 460/73 y los valores para el rubro viáticos/reintegro de Gastos.

 

Cabe destacar el fuerte compromiso asumido por el Gobierno de la Provincia que afrontará esta mejora hasta tanto la Administración Nacional envíe los fondos pactados respecto de los subsidios al transporte del interior y los incrementos necesarios para esta mejora, igualando los criterios adoptados con el AMBA.

 

En su artículo 5 el convenio establece que la Unión Tranviarios Automotor deberá dejar sin efecto en forma inmediata las medidas de acción directa que afecten los servicios públicos urbanos y suburbanos alcanzados por esta resolución, al encontrar en ésta una justa composición de los derechos e intereses de los trabajadores representados por la entidad sindical.

 

El Acuerdo:

A Trabajadores comprendidos en el CCT N° 460/73, del transporte urbano, que se desempeña en el Área Metropolitana de la ciudad de Salta se acordó el siguiente  salario básico conformado:

 

  • A partir de abril 2023, $ 262.000- Más una suma no remunerativa, por única vez, de $32.000.- y proporcional al resto de la escala.
  • A partir del mes de mayo de 2023, $ 284.000.-
  • A partir del mes de Junio de $ 320.000.-
  • A partir del mes de julio de $ 346.000.-
  • A partir del mes de agosto de $ 374.000.-
  • A partir de setiembre de $ 404.000.-

 

En cuanto al rubro viáticos o reintegro de gastos, por cada día efectivamente trabajado:

 

  • A partir del mes de abril 2023, $ 1.500.-
  • A partir de mes de mayo $ 1.626.-
  • A partir del mes de junio $ 1 832.-
  • A partir del mes de julio $ 1.980.-
  • A partir del mes de agosto $ 2.140.-
  • A partir del mes de setiembre $ 2.311.-

 

En cuanto a la forma de pago  será la siguiente:

 

  • La suma fija de $ 32.000.- por única vez, será abonado el mismo día del pago del del 1° del SAC del año 2023.
  • El ajuste de sueldos, ya liquidados y pagados, correspondientes a abril y mayo, junto a la suma no remunerativa de $ 25.000.- y proporcional al resto de la escala acordada para  julio 2023, será considerada una sola suma no remunerativa por empleado, y abonada en tres cuotas iguales junto a los sueldos  correspondientes a julio, agosto y setiembre del 2023.
  • A partir del mes de junio, se considerarán los montos mencionados en el artículo primero, como sueldos remunerativos proporcionales a cada escala y los montos de los viáticos de cada empleado, por cada día de trabajo.

 

Para los trabajadores comprendidos en el Convenio 460/73, de las empresas de transporte automotor público de pasajeros, de carácter urbano, suburbano e interurbano que se desempeñe en el ámbito de la provincia de Salta (excepto del área metropolitana de Salta) se establece que la provincia solventará a través de los fondos remitidos a la AMT, solamente la diferencia que se genere entre el anterior y el actual convenio salarial.

 

La AMT remitirá los fondos, en calidad de adelanto hasta tanto la Nación gire los importes de los subsidios destinados a dar cumplimiento del convenio presente.

 

Y las empresas deberán destinar dichos fondos a dar cumplimiento a lo acordado en este convenio. En caso de no hacerlo, no tendrán derecho a percibir los subsidios provinciales correspondientes.