Con un puñado de cambios, los senadores validaron las propuestas de modernización laboral impulsadas por el gobierno de Javier Milei.
El Senado nacional aprobó este miércoles el apartado de reforma laboral que aplica importantes cambios en la legislación del trabajo, con algunas modificaciones respecto al proyecto que llegó con media sanción de Diputados.
En Título V, denominado «modernización laboral», fue aprobado tal como los había presentado el oficialismo con 37 votos a favor y 33 en contra. A excepción del artículo 96, que derogaba el Estatuto del Vendedor Viajante, que se votó aparte y recibió resultado negativo, por 52 a 18.
El resto de los capítulos y articulados recibió la validación del cuerpo legislativos, como así también el Título IV de promoción del empleo registrado. Se aprobó sin cambios el proyecto de La Libertad Avanza, por 37 a 33.
Punto por punto, la reforma laboral de Milei
En relación al proyecto que llegó de Diputados, se consensuaron modificaciones en puntos sensibles del articulado, concretamente en relación al período de prueba y el nuevo esquema de relación laboral de los trabajadores independientes con colaboradores.
Se confirman las modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Empleo, junto a los cambios en el régimen agrario
Régimen simplificado de registración laboral:
Simplificación registral. Establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 12 empleados. Además, se prevé un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
Período de prueba: Se extiende de tres a seis meses. Aunque existe la posibilidad de una ampliación a ocho meses en empresas pymes de entre seis y cien trabajadores, y hasta un año en empresas de menos de cinco empleados.
Fondo de cese laboral: Creación de un fondo como alternativa a las indemnizaciones tradicionales por despido, que podrá ser constituido mediante convenio colectivo de trabajo y financiado por aportes mensuales de los empleadores. El monto del aporte mensual, que no podrá superar el 8% del salario, corre únicamente por cuenta del empleador y constituirá un fondo de cese laboral. El proceso administrativo deberá ser reglamentado por la Secretaría de Trabajo.
Trabajadores independientes: Se aplicó un cambio en relación a lo que llegó de Diputados: los trabajadores independientes podrán contar con hasta tres colaboradores (y no cinco como votó la cámara baja) para llevar adelante emprendimientos productivos, regulando esta relación como autónoma y sin vínculo de dependencia.
Agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio: Se aumenta la indemnización en casos donde el despido sea motivado por actos discriminatorios (por motivos de raza o etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo o género, orientación sexual, posición económica, caracteres físicos o discapacidad).
Modificaciones en licencias por maternidad: Prohíbe el trabajo del personal femenino o gestante durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo la opción de reducir la licencia anterior al parto a un mínimo de 10 días, acumulando el resto del período al postparto.